PRIMERA HERIDA: LA EXHORTACIÓN AMORIS LAETITIA

En 2013, fue elegido Papa el Cardenal Jorge Mario Bergoglio, adoptando el nombre de Francisco.

En el año 2015 convocó un Sínodo sobre la Familia en Roma y al cabo de un año publicó los resultados en la exhortación apostólica post-sinodal “Amoris Laetitia”. Uno de los temas tratados en el Sínodo fue el trato pastoral de aquellas personas que viven en una segunda unión íntima mientras siguen estando vinculados por un matrimonio eclesiástico válido. Generalmente suele denominarse a las personas que viven en una situación tal como “divorciados vueltos a casar”.

Sin embargo, para no pocos fieles este escrito pontificio se convirtió en motivo de escándalo, porque abría la puerta para que los “divorciados vueltos a casar” pudieran, bajo ciertas circunstancias, recibir la santa comunión. Esta innovación difería considerablemente de la praxis precedente en la Iglesia. En el artículo 305 de Amoris Laetitia se establece que “es posible que, en medio de una situación objetiva de pecado, se pueda vivir en gracia de Dios (…), recibiendo para ello la ayuda de la Iglesia. En la nota a pie de página 351 se menciona explícitamente que esta ayuda “podría ser también la ayuda de los sacramentos”. Fue específicamente este artículo con su nota a pie de página la que se convirtió en una cuestión determinante.

Esta declaración contradecía directamente la tradición doctrinal previa de la Iglesia, que había sido mantenida sin cambios por los dos predecesores inmediatos de Francisco: Juan Pablo II y Benedicto XVI.

El Papa Juan Pablo II había reafirmado en su exhortación apostólica Familiaris Consortio[1] la “praxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez”, a menos que “asuman el compromiso de vivir en plena continencia, o sea de abstenerse de los actos propios de los esposos”. El Papa Benedicto, siendo aun cardenal y Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, rechazó en 1994 la iniciativa de los obispos de la región del Alto Rin, que escribieron a Roma solicitando el acceso a los sacramentos para los “divorciados vueltos a casar”. En su respuesta, se remitía a la doctrina inmutable de la Iglesia, que no puede permitir tal praxis.

Como afirmó el ya fallecido filósofo Robert Spaemann en una entrevista con la CNA alemana, “la Iglesia no tiene el poder, sin que haya una conversión previa, de juzgar positivamente unas relaciones sexuales desordenadas, mediante la administración de los sacramentos, disponiendo anticipadamente de la misericordia de Dios”[2].

A pesar de todos los intentos de interpretar este cambio en continuidad con la doctrina precedente, hay que dar la razón a aquellos que veían en este escrito pontificio una ruptura con la tradición doctrinal.

Cuatro cardenales se dirigieron al Papa con este problema, formulando una “dubia” para solicitar una aclaración sobre ciertas cuestiones que se derivaban de su exhortación post-sinodal en relación con los “divorciados vueltos a casar”[3]. No recibieron respuesta ni se les concedió una audiencia para aclarar este punto con el Papa. Hay que añadir que un buen número de clérigos y fieles escribieron al Papa, señalando otras formulaciones cuestionables de este escrito, que, desde su punto de vista, contradecían la doctrina anterior de la Iglesia o, al menos, carecían de la claridad necesaria. Tampoco ellos recibieron respuesta.

Por el otro lado, los obispos de la región pastoral de Buenos Aires escribieron una carta titulada “Criterios básicos para la aplicación del capítulo VIII de la Amoris Laetitia”[4], en la que establecían que “si se llega a reconocer que, en un caso concreto, hay limitaciones que atenúen la responsabilidad y la culpabilidad (…), Amoris Laetitia abre la posibilidad del acceso a los sacramentos de la Reconciliación y la Eucaristía.” El Papa Francisco respondió a esta carta señalando que “el escrito es muy bueno y explica cabalmente el sentido del capítulo VIII de ‘Amoris laetitia’. No hay otras interpretaciones”[5].

De todo esto se deduce claramente que el nuevo Papa pretendía un cambio con respecto a la administración de los sacramentos. Lamentablemente, como resultado sucedió lo que temía el Profesor Spaemann:

“De acuerdo con los pasajes correspondientes de ‘Amoris Laetitia’, en presencia de ‘circunstancias atenuantes’ no definidas, pueden ser admitidos a la confesión de los demás pecados y a la comunión no sólo los divorciados y vueltos a casar, sino todos los que viven en cualquier ‘situación irregular’, sin que deban esforzarse por abandonar su conducta sexual y, por tanto, sin confesión plena y sin conversión.”

La evolución que ha tenido lugar en la praxis de la Iglesia confirmó su pronóstico.

Así, llegó para algunos fieles una decisión crucial: ¿Me aferro a la doctrina previa de la Iglesia y considero el rumbo emprendido por el Papa como erróneo; o sigo este camino por el que el Papa Francisco quiere conducir a la Iglesia en una cuestión tan importante?

A nivel personal, concluí que la publicación de Amoris Laetitia y su controvertida nota a pie de página 351 respondía a esta pregunta: El Papa se aparta de la verdad en este punto y no puedo seguirle.

Como puede verse también en otras cuestiones esenciales de la doctrina y praxis de la Iglesia, existe la tendencia a colocar en segundo plano la visión objetiva de la situación dada, para centrarse más bien en la situación personal de la persona afectada. Se lo ha denominado un “cambio de paradigma”. Aunque no se omita por completo la norma objetiva, ésta pasa a un segundo plano y puede llegar a convertirse en un mero ideal. Sin embargo, pierde así su carácter normativo universal.

Detengámonos en el problema concreto:

Desde el punto de vista de la doctrina católica, el matrimonio sacramental es indisoluble. Sólo la muerte de uno de los cónyuges o la constatación de la invalidez del vínculo matrimonial por parte de la Iglesia permite contraer nuevas nupcias. Si no se cumple una de estas dos condiciones, no se puede contraer un nuevo matrimonio, porque éste sería objetivamente contrario a la alianza matrimonial. Expresado en lenguaje religioso, esto significa que en tal caso no se vive en estado de gracia y, por tanto, no se puede acceder a la Santa Comunión. Se vive, por así decir, en un estado de constante adulterio.

En contraste con esta clara doctrina, vemos la realidad cada vez más frecuente de aquellos católicos que, por diversos motivos, han entrado en una segunda unión y desean seguir participando en la vida sacramental de la Iglesia.

Para que esto sea posible, la Iglesia espera su arrepentimiento por la violación del vínculo matrimonial. Si de su segunda unión han nacido hijos, la Iglesia permite que sigan conviviendo, pero con la condición de que vivan en continencia; es decir, que se abstengan de los actos íntimos que son propios del matrimonio. Una vez que asumen este compromiso, pueden acceder a los sacramentos.

Estas exigencias de la Iglesia fueron modificadas por los mencionados pasajes de “Amoris Laetitia”. Ahora también se puede ofrecer la santa comunión –dadas ciertas circunstancias y en discernimiento con un sacerdote– a aquellas personas que, desde el punto de vista de la Iglesia, viven en una situación objetivamente desordenada.

Según el artículo 303 de “Amoris Laetitia”, hay situaciones en las que la conciencia puede llegar a tomar decisiones que, aunque no correspondan a los mandamientos de Dios, se basan en las circunstancias dadas. Este enfoque se denomina ética situacional.

Para tomar conciencia de la gravedad del cambio introducido por “Amoris Laetitia”, conviene escuchar lo que había establecido el Papa Juan Pablo II en Familiaris Consortio[6]:

“La Iglesia, fundándose en la Sagrada Escritura reafirma su práxis de no admitir a la comunión eucarística a los divorciados que se casan otra vez. Son ellos los que no pueden ser admitidos, dado que su estado y situación de vida contradicen objetivamente la unión de amor entre Cristo y la Iglesia, significada y actualizada en la Eucaristía. Hay además otro motivo pastoral: si se admitieran estas personas a la Eucaristía, los fieles serían inducidos a error y confusión acerca de la doctrina de la Iglesia sobre la indisolubilidad del matrimonio.”

El Papa Francisco no ha mantenido esta postura fundamental en su claridad; sino que en “Amoris Laetitia” autoriza a los sacerdotes y párrocos a discernir cada caso individual en lo que respecta a la administración de los santos sacramentos (penitencia y comunión). Sin mantener la condición de que vivan en continencia (en caso de que, por motivos serios, no sea posible la separación), permite ahora que los que viven en una situación irregular, como los “divorciados vueltos a casar” accedan a los sacramentos. Por tanto, se ha abierto la puerta a una nueva praxis, que, efectivamente, ya se ha adentrado ampliamente en la vida de la Iglesia.

Algunos cristianos consideran que esta nueva apertura es un acto de misericordia, que contempla desde una perspectiva más pastoral y diferenciada la situación de las personas afectadas y las integra en la vida de la Iglesia. No cabe duda de que en algunos casos fueron circunstancias muy complejas y adversas las que llevaron a los afectados a esta “situación irregular” y necesitan un acompañamiento pastoral muy delicado. El Papa quiere considerar la santa comunión también como un remedio para ayudar a los débiles.

Pero ¿es realmente una muestra de mayor misericordia esta nueva forma de abordar el problema? No se puede pasar por alto el hecho de que, en ciertos círculos de la Iglesia, se ha desarrollado desde hace tiempo una praxis en relación a la recepción de los sacramentos que difiere de las normas eclesiásticas objetivas. Durante muchos años, estos círculos han exigido una y otra vez que la Iglesia adapte sus estándares morales a la realidad de vida de muchas personas. Esta praxis, que surgió de actos de desobediencia a las normas, ahora ha sido oficialmente aprobada, por así decir.

Evidentemente, se ha aplicado aquí un falso concepto de misericordia, que tal vez pueda describirse más bien como una condescendencia humana. La verdadera misericordia se cimenta en la verdad y en la justicia. Por tanto, no puede ablandar la exigencia de santidad, que implica guardar sin reservas los mandamientos de Dios.

La amorosa compasión de nuestro Padre Celestial consiste en que está siempre dispuesto a perdonar y levantar a los hombres, débiles y pecadores, cuando éstos se arrepienten. Su perdón siempre va de la mano con el llamado a la conversión –aunque lo haga con mucha paciencia–; es decir, nos exhorta a ajustar nuestra vida a los mandamientos de Dios.

Esto se aplica también a los católicos que han contraído una segunda unión irregular. Un verdadero acompañamiento pastoral sólo puede consistir en apoyarles para que vuelvan a vivir de acuerdo con las normas de la Iglesia, recurriendo a la praxis establecida previo a “Amoris Laetitia”.

Los católicos que se encuentren en esta situación deben recibir ayuda concreta para profundizar su vida espiritual. Deberían meditar con intensidad la Palabra de Dios, para recibir de ella la fuerza necesaria para reorientar su vida y ajustarla a las normas objetivas. Hay muchas otras maneras de ayudarles e iniciar un proceso de sanación. Sin embargo, la administración de la santa comunión no es el remedio indicado. Eso sería una especie de engaño, que puede terminar confundiendo al alma de los afectados y a las otras personas. Si no se vive en estado de gracia, es un sacrilegio recibir la santa comunión.

Si las personas en cuestión toman la decisión de observar los mandamientos de Dios y vivir sólo en una unión que no viole estos mandamientos, puede producirse a partir de aquí un gran despertar espiritual. Dios considerará este acto como una declaración de amor a Él y responderá con más amor aún. Si, habiendo tomado la decisión de vivir en continencia, se experimenta alguna vez una caída, se puede acceder al sacramento de la santa confesión.

El Señor incluso se valdrá de todas las luchas y sacrificios que uno asuma por amor a Él, considerándolos como expiación por los pecados propios y ajenos.

Por tanto, el rumbo marcado por la cabeza actual de la Iglesia induce a error. No contribuirá al fortalecimiento de los matrimonios y las familias, sino a su debilitamiento. Por desgracia, se trata de un engaño con consecuencias de gran alcance.

Este mismo espíritu de engaño lo encontraremos también en los puntos que desarrollaré a lo largo de los próximos temas. Así, resultará evidente que el error contenido en “Amoris Laetitia” no es un caso aislado; sino que está actuando en la Iglesia un “espíritu distinto” que, de diversas maneras y de la forma más desapercibida posible, quiere usurpar el lugar de Dios. Lo volveremos a identificar en las otras cuestiones que abordaremos.

Evidentemente, la jerarquía actual de la Iglesia no percibe este error, al menos no lo suficiente. Incluso podemos suponer que aquellos pastores que siguen la línea del Papa Francisco creen estar sirviendo a la Iglesia. De esta manera, están involucrados en el engaño. Esto es trágico, porque los fieles ya no están recibiendo de sus pastores las claras directrices que normalmente son indispensables para ellos y que gustosamente acatan. Sin embargo, no pueden acatarse directrices equivocadas, aunque provengan de la cabeza de la Iglesia. ¡El amor al Señor y, por tanto, el amor a la verdad, están por encima!

Vemos, pues, que la barca de la Iglesia se ha desviado peligrosamente de su curso, y aquellos que deberían timonearla no lo han notado. Esto agrava cada vez más la situación de emergencia, que sólo podrá superarse con la mirada puesta en el Señor de la Iglesia.

[1] Juan Pablo II, Exhortación apostólica Familiaris consortio, art. 84.

[2] https://www.infocatolica.com/?t=noticia&cod=26522

[3] https://www.infocatolica.com/?t=ic&cod=27756

[4] https://www.infocatolica.com/?t=ic&cod=27336

[5] https://www.vatican.va/content/francesco/es/letters/2016/documents/papa-francesco_20160905_regione-pastorale-buenos-aires.html

[6] Juan Pablo II, Exhortación apostólica Familiaris consortio, art. 84.

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